¿Sabia Vd?....
Cuantía: ayuda
individual para cada aparato es la siguiente:
Ayudas 2018
del Plan Renove Renhata de Calderas domesticas
Comunidad valenciana – resumen
-
Bases: Orden
3/2017 (DOCV 07-02-2017). Convocatoria 2018 y Extracto: Rsl 08-01-2018
(DOCV 15-01-2018)
Plazo solicitudes comenzará el 29-01-2018
y finalizará el 14-06-2018.
La adhesión
de las empresas instaladoras comenzará el 18-01-18 y finalizará el 15-05-2018.
Objeto: renovación de las
calderas domésticas actuales existentes en la Comunitat Valenciana, por otras
de condensación con un sistema de
control/regulación eficiente.
Beneficiarios: cualquier persona física propietaria,
arrendataria o usufructuaria de una vivienda situada en la Comunitat
Valenciana.
Actuaciones: sustitución, en una
vivienda ubicada en la comunidad de valencia, de una caldera de calefacción
de baja eficiencia energética que utilice cualquier combustible no renovable, por
una caldera estanca de condensación de sólo calefacción o mixta, que
utilice gas natural o GLP, con una potencia nominal comprendida entre 15 y 70
kW, entre otras características.
Sólo será
subvencionable la compra e instalación de calderas a partir de la fecha de
inicio de presentación de solicitudes.
La nueva instalación deberá cumplir con el
RITE, aprobado por RD 1027/2007 y con la demás normativa vigente que se aplique
en el momento de llevar a cabo la instalación.
Será condición indispensable que el aparato
sustituido sea retirado del mercado, hecho que será acreditado por la empresa
instaladora al firmar la solicitud normalizada de ayuda.
Sólo será subvencionable la compra de una única
caldera por cada persona solicitante y será necesaria la correspondiente sustitución
del aparato antiguo por un nuevo equipo de los especificados en el «Listado de
Calderas Subvencionables»
Será subvencionable el coste de la caldera, el sistema de control/ regulación y la instalación
de la caldera (montaje y desmontaje). No
será subvencionable el transporte de la caldera sustituida a un punto limpio de
reciclaje.
No será objeto de
subvención:
a) La sustitución de una caldera por
otra que no funcione con un sistema de control/regulación tipo II con
termostato ambiente ON/OFF, V o VI. Si la instalación a sustituir ya dispone de
este sistema de control/ regulación y se va a mantener en la nueva instalación,
deberá justificarse documentalmente mediante fotografías, facturas de compra, u
otro medio de prueba en la solicitud de ayudas.
b) La sustitución de una caldera
colectiva o centralizada que de servicio a varias viviendas por calderas
individuales ubicadas en cada una de las viviendas.
c) La sustitución de una caldera
individual por una caldera colectiva o centralizada que de servicio a varias
viviendas.
d) Cuando la caldera sustituida
sea de condensación, con excepción de que dicha sustitución conlleve el cambio
de combustible de gasoil a gas natural o GLP.
e) Cuando no exista sustitución
de equipos.
f) Las calderas sustituidas con
anterioridad a la fecha de inicio de
presentación de solicitudes.
Cuantía: ayuda
individual para cada aparato es la siguiente:
Instalación
|
Clase eficiencia
|
Combustible
|
Emisiones NOx
|
Ayuda
|
Calderas
condensación
|
A
o superior
|
Gas natural/ GLP
|
< 70 mg/ kWh
|
250 €
|
Sistema
de control/regulación
|
II
con termostato ambiente on/off, V o VI
|
|
|
|
Rendimiento estacional
|
≥
93 %
|
|
|
|
La cuantía de la ayuda, aportada
por IVACE, será de 250 euros por caldera
sustituida.
La aportación de la empresa
instaladora adherida al Plan Renove Renhata de calderas, consistirá en un descuento de 50 euros en la factura.
La aportación del IVACE se
abonará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada en la solicitud
una vez finalizada la tramitación y siempre que haya recaído resolución de
concesión; la aportación de la empresa instaladora se realizará mediante
descuento sobre la base imponible de la factura, es decir, antes de impuestos.
La cuantía de la ayuda aportada
por el IVACE, no podrá exceder en ningún caso del 30 % del coste subvencionable
de la instalación. Si se diera este caso, la aportación del IVACE se reducirá
hasta el límite del 30 %.
Comentarios
Publicar un comentario
Gracias por su apreciable colaboracion, lo antes posible le contestaremos. El Grupo de Colaboradores de Estudio Juridico 4,S.L., Calle Luz Casanova,12,46009 Valencia. Tel 963689510 email: ej4@estudiojuridico4.es